El trabajador de empresa alimentaria está obligado a que se cumplan todos los requisitos de higiene del reglamento (CE) N.º 852/2004 esta es una normativa europea.

OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR EN LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACION:

Los trabajadores deben seguir los criterios microbiológicos, procurar que el reglamento((CE) N.º 852/2004) se cumpla, además de mantener el control de los alimentos en relación a la temperatura y cadena del frio y realizar muestras y análisis de estas.

Para lo cual podrán consultar las guías.

Los trabajadores de empresa alimentaria deberán crear, aplicar y mantener un procedimiento o procedimientos permanentes basados en los principios del APPCC.

Los cuales son:

  • Detectar los peligros y eliminarlos o reducirlos.
  • Controlar los puntos críticos en la fase que el control sea necesario para evitar, reducir o eliminar el peligro.
  • Ser capaces de detectar si un riesgo es aceptable o no para evitarlo, eliminarlo o reducirlo a niveles aceptables.
  • Realizar vigilancias en los puntos de control críticos.
  • Aplicar medidas que corrijan puntos de control críticos no controlados.
  • Controlar que los riesgos están controlados y son eficaces.
  • Realizar registros de los controles.

Los trabajadores de empresas alimentarias deberán dar a la autoridad pertinente que lo solicite pruebas de que se cumple el reglamento garantizando que los documentos contemplan todo lo relacionado con la producción y control de los puntos críticos, además deberán conservar los documentos el periodo dictado por la ley.

Los trabajadores de empresas alimentarias deberán asegurarse, en la medida de lo posible, de que los productos primarios estén protegidos contra cualquier foco de contaminación teniendo en cuenta cualquier tipo de transformación a que se sometan posteriormente los productos primarios.

*Toda la información aquí redactada ha sido extraída de la normativa (CE) N.º 852/2004.